El pacto de retroventa es un contrato de compraventa en el que el vendedor se reserva el derecho de comprar de nuevo lo que vendió, dentro de un plazo y por un valor acordados desde el principio. Con joyas de oro funciona así: recibes el dinero hoy y, si quieres, las recuperas antes de que venza el plazo.
Qué dice la ley colombiana
Está regulado en los artículos 1939 a 1943 del Código Civil. La ley dice que el plazo para ejercer el derecho de recompra no puede pasar de cuatro años y que debe quedar pactado en el mismo contrato de venta.
Paso a paso
- 1. Tasamos tus piezas frente a ti: peso y ley.
- 2. Firmamos el contrato con el valor, el plazo y el valor de recompra.
- 3. Recibes tu dinero en el momento.
- 4. Dentro del plazo, pagas el valor de recompra y recuperas las mismas piezas.
Qué revisar en el contrato
- Que describa tus piezas: tipo, peso y ley.
- El valor que recibes y el valor de recompra, en pesos.
- La fecha exacta en que vence el plazo.
- Qué pasa si no recuperas las piezas a tiempo.
- Que te entreguen una copia firmada.
¿Y si no las recupero?
Si el plazo vence sin que ejerzas la recompra, la venta queda en firme y las piezas pasan a ser del comprador. Por eso conviene hablar antes del vencimiento si necesitas más tiempo: según el caso, el contrato se puede renovar.
En MC Metales del Caribe hacemos compraventa con pacto de retroventa desde 1999, con contrato escrito y custodia segura de tus piezas, en Getsemaní, Cartagena de Indias.